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Asesoría Migratoria

Residencia Temporal

Yesid Alberto Castaño

Publicado: 25/03/2022
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La Residencia Temporal se otorga a aquellos extranjeros que acrediten tener vínculos de familia o intereses en el país y cuya residencia se estime útil y conveniente. 

En términos generales permite realizar en Chile cualquier actividad, sin más limitaciones que las establecidas por las leyes, siempre que la subcategoría migratoria a que se acoja así lo permita.

Se expide por un período máximo de dos años, salvo para el caso de la subcategoría de trabajadores de temporada, la que podrá tener una vigencia de hasta cinco años cuando establezca plazos de estadía anuales limitados.

Podrán postular a Residencia Temporal en calidad de dependiente, el cónyuge o conviviente del residente temporal, los hijos del residente temporal, de su cónyuge o conviviente (siempre que sean menores de 18 años o se trate de personas con discapacidad) y los hijos mayores de 18 años, pero menores de 24, siempre que estén estudiando en una institución educacional reconocida por el Estado

La solicitud de Residencia Temporal puede tener como base distintos fundamentos. Usted debe determinar cuál de ellos se acerca de mejor manera a su situación personal para de esta forma hacer su presentación.

Hasta que se dicte el decreto supremo que defina las subcategorías migratorias, regirán las categorías migratorias establecidas en el decreto ley Nº 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile (Visa Temporaria, Sujeta a Contrato y de Estudiante).

Avance de solicitud y pago de derechos

Podrá hacer el seguimiento del avance de la solicitud en tramites.serviciomigraciones.cl, seleccionando la opción “Consulta de Estado de Beneficios Migratorios”. Para el caso de calificación favorable de la solicitud, recibirá una notificación para descargar su orden de giro o proceder al pago de los derechos respectivos. Puede pagar los derechos en cualquier banco comercial o en ServiEstado.

Descarga de Estampado Electrónico

En caso de ser favorable la solicitud, una vez otorgada la Residencia Temporal, se le comunicará al extranjero que su Estampado Electrónico se encuentra habilitado para ser descargado. El usuario deberá obtener el Certificado desde el portal tramites.serviciomigraciones.cl, con los requisitos correspondientes.

Escrito por: Yesid Alberto Castaño

Escrito por: Yesid Alberto Castaño

Líder migratorio y social en Chile. Fundador de la comunidad Colombianos Berracos en Chile. Motor clave en la promulgación de la ley de migración y extranjería 21.325 y el proceso de regularización de 2018. Pionero en el desarrollo y publicación de las primeras aplicaciones móviles informativas para fortalecer la comunidad migrante en Chile. Participante activo en mesas intersectoriales de salud y prevención del suicidio, con un compromiso en el bienestar y la integración social de los diferentes.

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